EQUILIBRIO DE MERCADO E IMPUESTOS
Autor: Juan de Dios Urrutia C.
1.- Descripción y
gráfica de un equilibrio en el mercado de los cigarrillos
El gráfico Nro.1 nos muestra una situación de equilibrio en el
mercado de cigarrillos cuyo punto de equilibrio E ha sido determinado por el
libre juego de la Oferta y la Demanda, sin intervención del gobierno. Al precio
Pe
los demandantes están dispuestos a comprar la cantidad Qe del producto, y a ese
mismo precio Pe los productores están
dispuestos a ofrecer la cantidad Qe de producto.
Entonces, en el punto E(Qe;Pe)
se encuentran conciliadas la oferta y la demanda lográndose la
maximización de los excedentes de ambos agentes y como consecuencia la maximización
del bienestar de la sociedad.
El área amarilla representa el
excedente del consumidor y el área celeste el excedente del productor. Allí, los demandantes pagan un precio
equivalente al beneficio que reciben y los productores reciben un precio que
cubre sus costos. Sin embargo, la determinación del Costo Privado del productor
no se iguala al Costo Social ya que considera solo sus costos propios y no incluye
los costos sociales que genera la externalidad negativa del productor. Esta
implica el perjuicio para la salud de la
sociedad que se origina en el consumo de cigarrillos.
Ante esta situación el regulador podría intervenir el mercado con la
intención de disminuir la producción, mediante la aplicación de un impuesto a
la oferta de cigarrillos.
Esta medida tendría dos objetivos, uno sería el incremento de la
recaudación fiscal y el otro el resguardo de la salud de la sociedad.
2.- Si se aplica un impuesto a la oferta de cigarrillos
Dada la externalidad negativa referida en la respuesta anterior, el
regulador interviene el mercado decretando un impuesto a la oferta de
cigarrillos. El efecto de esta medida, que se aprecia en el Grafico
Nro. 2, es, en primer término, el incremento del precio de los
cigarrillos, los que suben de Pe hasta P2. A este nuevo precio
los consumidores disminuirán la demanda desde Qe hasta la cantidad Q2
generándose, además, una disminución en
la cantidad ofrecida por los productores dada la baja en el precio que
recibirán. Esta se desplazará también, desde Qe hasta Q2,
al precio P3 que recibirá el productor.
De aquí se desprende que tanto el
consumidor como al productor se ven afectados por el impuesto. El primero
disminuye la cantidad que puede comprar recibiendo ahora Q2 y pagando un precio mayor al precio de
equilibrio Pe y el segundo disminuyendo su producción y recibiendo el
precio P3 menor al precio de equilibrio Pe.
Como se dijo, el excedente del productor, en la condición de equilibrio,
esta dado por el área que está por debajo del precio de equilibrio y sobre la
curva de oferta – en la gráfica zonas
1;2;3
– y el excedente del consumidor por el área que está sobre el precio de
equilibrio y bajo la curva de demanda – en la gráfica zonas 4;5;6.
Una vez aplicado el impuesto la suma de las zonas 5; 1 corresponden
al monto del impuesto que se recaudará en beneficio del regulador y que disminuirá los excedentes de oferentes y
demandantes. Siguiendo la misma lógica,
ahora, aplicado el impuesto, el
excedente del productor corresponderá al área que está bajo el precio que
recibe P3 y sobre la curva de oferta -
zona 3 - ; y el excedente del consumidor corresponderá al área que
esta sobre el precio que paga y bajo la curva de demanda, es decir, la zona 4.- Es destacable apreciar que las zonas 6 y 2 no corresponden a
excedentes de nadie: no benefician al gobierno, tampoco al productor y tampoco
al consumidor, por lo tanto la suma de estas zonas representa la pérdida para
la economía que provoca la intervención del mercado por el regulador al
establecer un impuesto.
Por otro lado, el punto B(Q3;P2) nos muestra que al precio P2
los productores estarían dispuestos a ofertar la cantidad Q3 en condiciones
normales de mercado y el punto D(Q4;P3) representa que al precio P3
los demandantes estarían dispuestos a consumir Q4 en condiciones
normales.
3.- ¿Quién gana y quién pierde?
De los tres agentes intervinientes (El gobierno, los consumidores y los
productores), TODOS PIERDEN. Pierde
la sociedad completa.
a El gobierno: porque al disminuir el consumo
disminuirán también las transacciones económicas que generan la base para la
aplicación del tributo lográndose un efecto nulo o poco significativo en la
recaudación fiscal. b) Los consumidores: porque no podrán
satisfacer sus necesidades de consumo de cigarrillos en las cantidades que
requieren y además porque deberán pagar un precio mayor por el producto y, c) Los productores: porqué deberán
producir una cantidad menor a sus capacidades y porque recibirán un precio
menor por su producto.
b Además, la sociedad en su conjunto será
dañada ya que deberá afrontar una demanda insatisfecha representada por el tramo
AE de la curva de demanda y una
capacidad de producción ociosa representada por el tramo EC de la curva de
oferta.
c Para la sociedad, el área formada por el triangulo
AEC
representa lo que se denomina perdida no recuperable para la sociedad debido a
la ineficiencia en el uso de los recursos y la disminución de excedentes que a
nadie favorecen.
4.- ¿De qué depende?
Respecto del bienestar social que debiera ser el fin último de la
instauración del impuesto se pone en duda el resultado ya que la demanda
insatisfecha originada en la baja de la producción, favorecerá el comercio
informal, el contrabando, el mercado negro (que obviamente, no pagan impuestos)
y la aparición de mafias que harán de este mercado un campo propicio para
operar generando incrementos de la delincuencia, de los delitos y de la
violencia, tanto, que podrían anular los
efectos esperados en las mejoras en la salud que se pretende. Ante esto, el
gobierno deberá incrementar el gasto en prevención del delito, en seguridad, en
investigación policial, en procesos judiciales, en gastos carcelarios, amén de
la posible pérdida de vidas humanas, entre otros perjuicios, cuyos costos
podrían anular los ingresos generados por el aumento de la recaudación. Por lo tanto la efectividad de la medida
dependerá, aparte de lo ya señalado, de las externalidades que se originen en
la medida tributaria.
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