Arbitraje Internacional e Instrumentos de Financiamiento del Comercio Internacional

El arbitraje se define como el proceso de compra y venta simultanea de un titulo o un activo en diferentes mercados con el objetivo de aprovechar desequilibrios en sus mercados cambiarios o financieros  y obtener un beneficio libre de riesgo y sin apalancamiento. 

El mecanismo de arbitraje tiende a devolver el equilibrio de los mercados mediante el equilibrio de las fuerzas de oferta y demanda.

Los mercados que presentan la posibilidad de ser arbitrados son aquellos en que interviene el concepto de “paridad”, tales como en:

1. El mercado de bienes, a través de las variables Precio e Inflación
2. El mercado de capitales, a través de la variable Tasa de Interés
3. El mercado de divisas, a través de la variable Tipo de Cambio

Existen varias formas de arbitraje. El arbitraje triangular consiste en un sistema de tres puntos que significa tres plazas de mercado distintas, involucra tres plazas y tres monedas, éste es un proceso por el cual un operador de arbitraje se aprovecha de un desajuste entre los tipos de cambio y de tres monedas diferentes. A través de la compra y venta de estas monedas en particular, el operador de arbitraje obtiene un beneficio libre de riesgo. Para que sea lucrativo, el tipo de cambio directo debe ser diferente al tipo de cambio cruzado o lo que significa que los tipos de cambio no deben estar alineados. En este arbitraje, si la vuelta completa en una dirección provoca una pérdida, la vuelta en el sentido contrario genera una utilidad.

La regla general de arbitraje nos señala que si la diferencia en las tasas de interés es mayor que la prima a plazo (o en el cambio esperado en el tipo spot), hay que invertir en la moneda que produzca mayor interés y si la diferencia en las tasas de interés es menor que la prima a plazo (o en el cambio esperado en el tipo spot), hay que invertir en la moneda que tenga menor rendimiento.

El Arbitraje de Interés Cubierto (Covered Interest Arbitrage - CIA): Es una estrategia de inversión, que surge cuando el mercado no esta en equilibrio y existe un potencial de ganancia “sin riesgo” o libre de riesgo. Aquí el árbitro que reconoce dicho desequilibrio actúa para sacar ventaja del mismo e invierte en cualquier moneda que ofrezca el mayor rendimiento sobre una base cubierta. El arbitraje de tasas de interés es un tipo de arbitraje. Por ejemplo: invertir pesos chilenos en dólares, luego tomar un deposito en dólares por 3 meses aprovechando el alza en la tasa de interés en EE.UU., y finalmente, vender a plazos los dólares que se recibirán a futuro, para luego aprovechar la devaluación de la moneda en Chile, obteniendo más pesos por dólar, generando una ganancia adicional en los tres meses, esta sería una ganancia inmediata y libre de riesgo.

El Arbitraje de Interés Descubierto (Uncovered Interest Arbitrage - UIA): Es una estrategia que se presenta cuando se cumple la condición de no uso de un contrato a plazo para protegerse de la exposición al riesgo cambiario (la transacción es “descubierta” porque el inversionista no vende a plazo los ingresos en la moneda que produce más rendimiento y elige permanecer descubierto y acepta el riesgo de cambiar la moneda con más alto rendimiento por la moneda de menor rendimiento al final del periodo), es cuando un inversionista pide prestado en un país y en una moneda con tasa de interés relativamente bajo y convierte dicho producto en una moneda que ofrece una tasas de interés mucho más altas. Por ejemplo: tomar un crédito en Chile (en pesos chilenos) donde actualmente los intereses son menores al 2% anual y luego invertirlos en Brasil (adquiriendo el Real Brasileño) durante un periodo de tiempo, a una tasa superior en dicho país que está alrededor del 5% anual.


Los instrumentos de pago más conocidos en el comercio internacional son:

Las Cartas de Crédito o Crédito Documentario: Es el medio de pago más utilizado en operaciones de comercio exterior, en relación a un convenio comercial entre partes situadas en países diferentes. Por este medio un BANCO EMISOR,  actuando de acuerdo a las instrucciones de su CLIENTE IMPORTADOR u ordenante,  autoriza a un BANCO CORRESPONSAL para que haga pago al EXPORTADOR por las mercaderías exportadas cuando esta haya cumplido los términos de intercambio (Incoterms) y que se haga entrega de los documentos requeridos.

La Cobranza Extranjera o Cobranza Documentaria: Se trata de un servicio especializado entregado por los Banco, mediante el que se efectúa el cobro de una exportación a un deudor extranjero, en la que no ha mediado una carta de crédito habiéndose basado solo en la confianza de las partes. El exportador envía la mercadería y entrega los documentos de embarque al banco para que este haga el cobro al importador. El Importador no podrá desaduanar hasta que el banco le entregue los documentos previo pago de los documentos al exportador. Es un trámite muy sencillo, de bajo costo. No hubo crédito a las partes.

La Orden de Pago Internacional: Es el sistema de pagos más simple por cuanto no existe crédito entre las partes y estas se rigen solo por su acuerdo en un ambiente de fuerte confianza mutua. De este modo el exportador envía las mercaderías y los documentos de embarque directamente al importador extranjero. Este último, en la misma confianza, requiere a su banco la emisión de una instrucción de pago al exportador, por un monto determinado que no debe acreditar, sino para acceder al mercado de divisas si lo requiere. La Orden de pago se hace llegar al exportador utilizando la red de corresponsales quienes aplican comisiones por su servicio. Es un servicio barato, rápido y seguro en cuanto a la transferencia del dinero.

Los métodos más conocidos de financiamiento del comercio internacional son los  siguientes:

PAE: (Pagaré a Exportadores en Chile)
En general es un Crédito que se otorga al exportador en la moneda extranjera  que corresponda según el acuerdo comercial, con el objeto de financiar una exportación.
Los PAE están exentos de Impuesto de Timbres y Estampillas (DL 3.475), solo si la exportación ha sido debidamente acreditada. También pueden ser otorgados en pesos CL o en UF.
Para el caso de PYMES el PAE puede optar a garantía CORFO por hasta el 50% del crédito.

Se paga una vez recibido y liquidado el respectivo RETORNO.

El Forfaiting (Sobre Cartas de Crédito)
En términos generales es una operación de financiamiento de exportaciones similar al Factoring Sin Recurso, que se aplica sobre Cartas de Crédito con pago a plazo y que hayan sido previamente  confirmadas por el banco Corresponsal. (Anticipa hasta el 100% del valor factura comercial)
La confirmación es por escrito (Swift) señalando que los documentos de embarque están conformes o que se han solucionado las eventuales discrepancias.

Confirming (Internacional)
Acuerdo entre dos partes en virtud del cual una le encarga a otra todos los aspectos relativos a la gestión de pago a sus proveedores externos.
La entidad financiera asume el pago de las facturas de su cliente a los proveedores de esta,  en las condiciones que se le indiquen.  La entidad financiera puede retrasar el cargo a su cliente o anticipar el pago al proveedor con cobro de intereses, gastos  y comisiones. En el Confirming Internacional el importador  comunica a sus proveedores de la existencia del contrato de confirming para el pago de las facturas a su cargo. En el caso de Comex, el confirming se concreta con un contrato entre la entidad financiera y el importador, suele ser anual y prorrogable automáticamente por anualidades sucesivas. Intervienen: Cliente nacional, Proveedor extranjero y Entidad Financiera. El Cliente es quien compró la mercadería o el servicio y es el obligado al pago de la factura. El Proveedor es quien vendió la mercadería o prestó el servicio.

El Factoring internacional (Factorage)
Es un servicio financiero que permite que los exportadores puedan anticipar sus flujos provenientes de sus negocios internacionales mediante la cesión de sus facturas a un Factor,  bajo condición que estas se encuentren debidamente embarcadas y facturadas. El principal beneficio para el exportador es el otorgar liquidez a sus cuentas por cobrar a plazo. El Contrato de factoring internacional aplica, generalmente, bajo la modalidad de “Sin Recurso”, es decir que es el factor quien se hace responsable de la eventual pérdida asumiendo el perjuicio económico.

La Aceptación Bancaria: Las Aceptaciones Bancarias son letras de cambio emitidas por empresas a su propia orden, aceptadas por instituciones de Bancarias en base en créditos que estas Instituciones conceden a dichas empresas. La banca comercial utiliza la fórmula de “aceptación bancaria”, entre otras, para refinanciar operaciones de importación o exportación, mediante una cláusula de aceptación estampada por un tercer banco en un documento mediante el cual se ha financiado una de estas operaciones que puede ser una carta de crédito (crédito documentario) u otro activo emitido por el banco del exportador o importador.

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